Una nueva comunicación del ayuntamiento a los ciudadanos que tienen una propiedad en Canyamars que termina con la lista de un tercio de ellos publicado el BOP de la provincia de Barcelona.
Son ciudadanos que viven aquí, que pagan sus impuestos aquí, la mayoría que votan aquí que participan de la vida y las actividades del municipio, conocidos por todos pero a la hora de hacerles llegar una notificación al ayuntamiento le resulta imposible y por eso se lo tiene que comunicar a través del BOP
Notificaciones infructuosas, dirán y juraran ante notario por que si no están cometiendo una grave irregularidad que alguien ha ido a su casa tres veces en distintos horarios y no les ha sido posible entregarles la notificación.
Yo me lo sigo sin creer, primero por que puedo dar fe de un caso que no han ido nunca, segundo porque afirman ahora que en cinco comunidades de vecinos nunca han encontrado a nadie y por que muchos son distintos de los de la anterior lista. Si cruzamos las dos listas salen casi la mitad de los propietarios ilocalizables en una u otra notificación.
Es un abuso de la potestad que les ofrece el procedimiento administrativo y un síntoma de la ligereza y la alegría con la que se toman todo lo que concierne a las personas que han tenido la desgracia de caer en la zona comercialmente conocida como Can Canyamars.
Como mínimo deberían plantearse si la formula utilizada es la correcta dado el alto numero de “ no localizados” en una entrega y modificarlo en la siguiente, un papelito o “Aviso” en la casa indicando la visita infructuosa seria una muestra de consideración hacia el ciudadano que podría comprobar que, efectivamente alguien ha intentado en diferentes horarios hacerle entrega de una notificación, no es caro pero difícil de imaginar para quien parte de un punto de vista de servirse en vez de servir.
El hecho es grave ya que la comunicación es para informarles que están siendo objeto de una demanda por parte del promotor de la urbanización y el desconocimiento de la misma les coloca en una situación de indefensión.
Dosrius
ANUNCI
Amb data 9 de desembre de 2009 i registre d'entrada en aquest ajuntament núm. 7862, el Jutjat Contenciós Administratiu núm. 6 de Barcelona ens va notificar l'interposició d'un recurs contenciós administratiu per part de l'Herència Jacent D. Antonio Estevadeordal Carrera i D. Antonio Estevadeordal Botta, contra la resolució d'alcaldia de data 14 de juliol de 2009 aprovant el Projecte d'Urbanització de Can Canyamars (UA XI, polígons A, B i C), i ens va recordar l'obligació de notificar a tots els interessats en l'expedient, la resolució de remissió de l'expedient al Jutjat, emplaçant-los personalment per personar-se com a demandats.
Donat que la notificació personalitzada als interessats relacionats ha resultat infructuosa, la publicació del present edicte substitueix la mateixa, produint els mateixos efectes, de conformitat amb el que disposa l'article 59.5 de la Lei 30/1992, de 26 de novembre, de Règim Jurídic de les Administracions públiques i del Procediment Administratiu Comú.
Dosrius, 1 de març de 2010.
L'Alcalde, Josep Jo i Munné.
Aqui encontrareis el edicto y la relacion de infructuosos
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