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dilluns, 1 de desembre del 2008

Que hacia la asociación de propietarios.

La asociación de propietarios entre otras , aportaba algunas escrituras donde se podían ver los lindes de las parcelas y explicaba que las parcelas lindaban con tal o cual propiedad y con calle de la urbanización, es decir que al comprar ya estaba la calle, no lindaban con propiedad de Antonio que daba un permiso o una servidumbre de paso ,  si no que lindaban con la calle, luego la calle ya existía.

Argumentaba que había un plan ,que al segregar se aceptaba el plan donde unos terrenos eran parcelas, otros zonas verdes o servicios (de cesión gratuita, obligatoria y que no prescribe) y otros calles.

Que para segregar y vender necesitaba ( la autorización) un plano firmado por el ayuntamiento donde este aceptaba el mismo plan, es decir, aceptaba que unos terrenos eran calles, otros eran parcelas y otros zonas verdes.

El ayuntamiento autorizaba la segregación, daba licencias de obras y de primera ocupación.

Es decir que cuando nosotros compramos parcelas  que lindaban con una calle o con una zona verde estas ya existían y estaban incluidas en el precio (compras la parcela dentro de un plan aprobado por el ayuntamiento y aceptado por el vendedor).

Y que si, que aceptamos hacernos cargo de las obligaciones del promotor, lógicamente a partir de la fecha de la compra puesto que hasta entonces él ( y la administración se encargaba de que asi fuera) ya  las estaba cumpliendo.( no va a aceptar en las escrituras que no cumplía con sus obligaciones de promotor)( a la vez se reconoce en las escrituras que había un promotor, que tenia unas obligaciones  y que no éramos nosotros).

Si el juez/a sabe esto a lo mejor dicta otra sentencia.

Lo anterior, ninguna de las otras dos partes se lo va a decir, eso seguro, asi pues los vecinos tienen que ir a decírselo. Las personas que lo hacían, cansadas de muchas cosas,  ya no lo hacen.

2 comentaris:

Anònim ha dit...

Estic d'acord amb tu en aquest tema Albert, però no creus que aniriem millor representats a aquesta vista amb un bon advocat nostre? Estic segur amb el que dius, cap de les tres parts ho diran en el judici, Sr. Antonio, Ajuntament i uns altres que ja m'entens.

JORDI FORT

L'Albert ha dit...

Jordi en aquets moments estic recollint informació intentant situar me, pro la manera mes econòmica de tenir gent amb molta experiència, continuo pensant que es utilitzar els advocats de la cambra de parcelistes, ara si no tinguéssim aquets lios de associacions i a la gent confosa no costaria gaire que ens vinguessin a explicar la nostra situació, on estem i els diferents camins que podem agafar.

La sentencia del contenciós per altre banda també pot ser beneficiosa per a la resta de propietaris, ja que moltes cosses que son bones per ell com a propietari també ho son per la resta.

Que les administracions també se han lluït en tot aquest assumpte.

Hem de pensar que els altres que dius, també tenen interessos com a propietaris que son, defensaran el que creguin millor per ells.